martes, 10 de abril de 2012

MECANISMO JUDICIAL


ACCIÓN DE NULIDADAD*


Acción o recurso
Que es
Quien la puede presentar
Contra quien se puede presentar
Ante qué autoridad se puede presentar
Que derechos       protege



El artículo 73 de la Ley 99 de 1993 y el articulo 84
es la facultad
de demandar una norma con fuerza
de ley para que sea retirada de la vida jurídica,
por ser contraria a la Constitución
Política.
 La titularidad de esta acción la tiene
cualquier
persona, sea o no ciudadano,




y se dirige a eliminar del ordenamiento
jurídico cualquier
decreto dictado por el
gobierno y acto administrativo12

Se presenta ante la jurisdicción
contencioso
Administrativa. La decisión
del juez es una sentencia declarando la
Nulidad o la vigencia de la norma.
00Actividad que afecte o pueda afectar el medio ambiente.

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