martes, 10 de abril de 2012

Ley 1713/2002 recolección de escombro

Ley 1713/2002  recolección de escombro

 El  propósito de esta  ley es concientizar  a las comunidad mediante comparendo y sanciones pedagógicas y económica, el mal  manejo de los retiros sólidos   y escombro producidos por la empresa en el área de la  construcción y prever la afectación del medio ambiente y la salud pública.
 a la vez, todas aquellas personas naturales o jurídicas,  propiciarle   y fomentarles  estímulos para una buena la prácticas ambientalistas.

 Se dará sanciones por las siguientes causas:

1. Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa pres-tadora del servicio.

2. No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para de-positar la basura.

3. Disponer residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni autorizados por autoridad competente.

4 Disponer basura, residuos y escombros en bienes inmuebles de carácter público o privado, como colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, entre otros.

5. Arrojar basura y escombros a fuentes de aguas y bosques.
MECANISMO ADMINISTRATIVO


DERECHO DE PETICIÓN*


Acción o recurso
Que es
Quien la puede presentar
Contra quien se puede presentar
Ante que autoridad se puede presentar
Que derechos       protege



(Consagrado en la Constitución Política, artículos 23 y 74)

Es la solicitud verbal o escrita que se presenta ante un servidor público para requerir su intervención en un asunto concreto.
La puede presentar cualquier   persona natural o jurídica.
procede contra particulares,
para garantizar los derechos
fundamentales, o cuando ejerzan funciones
públicas, o cuando presten servicios
públicos,
Todo ciudadano colombiano tiene derecho constitucional a presentar Derechos de Petición ante cualquier entidad o empleado público en Colombia o en el exterior.
El derecho de petición protege todos
los derechos y por medio de él se puede
pedir a las autoridades o particulares
información sobre acciones por ellos desarrolladas.



MECANISMO JUDICIAL


ACCIÓN DE NULIDADAD*


Acción o recurso
Que es
Quien la puede presentar
Contra quien se puede presentar
Ante qué autoridad se puede presentar
Que derechos       protege



El artículo 73 de la Ley 99 de 1993 y el articulo 84
es la facultad
de demandar una norma con fuerza
de ley para que sea retirada de la vida jurídica,
por ser contraria a la Constitución
Política.
 La titularidad de esta acción la tiene
cualquier
persona, sea o no ciudadano,




y se dirige a eliminar del ordenamiento
jurídico cualquier
decreto dictado por el
gobierno y acto administrativo12

Se presenta ante la jurisdicción
contencioso
Administrativa. La decisión
del juez es una sentencia declarando la
Nulidad o la vigencia de la norma.
00Actividad que afecte o pueda afectar el medio ambiente.
MECANISMO JUDICIAL

LAS ACCIONES POPULARES*

Acción o recurso
Que es
Quien la puede presentar
Contra quien se puede presentar
Ante qué autoridad se puede presentar
Que derechos       protege

(La Ley 472 de la Constitución Nacional)

"Son aquellas, en las que cualquier persona, perteneciente a un grupo de la comunidad, está legitimada procesalmente para defender el grupo afectado por unos hechos comunes,
Cualquier persona perteneciente a un grupo de la comunidad puede instaurar la acción popular,
Las acciones populares pueden ejercitarse contra el Estado o contra los particulares, según sea quien viole o amenace los derechos o intereses colectivos.
Si se adelanta contra entidades públicas o personas privadas que cumplen funciones públicas conoce la jurisdicción contencioso administrativa, concretamente en primera instancia los jueces administrativos y en segunda el Tribunal Administrativo del respectivo Departamento
 La Ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos