lunes, 12 de marzo de 2012

mecanismo de la constituccion politica (Acción pública de inconstitucionalidad)


Acción pública de inconstitucionalidad*

Acción o recurso
Que es
Quien la puede presentar
Contra quien se puede presentar
Ante qué autoridad se puede presentar
Que derechos       protege

Artículo 2º. Del Decreto 2067 de 1991:
puede ser definida como la facultad que tienen todos los ciudadanos colombianos de impugnar ante la Corte Constitucional, por ser violatorios de la norma fundamental
 Las demandas de inconstitucionalidad pueden ser presentadas por cualquier ciudadano.





Se puede presenta en contra el senado, la cámara, asamblea,


ante cualquier notaría, despacho judicial o ante la misma Corte Constitucional
Que determinada ley o decreto con fuerza de ley viola la Constitución Política.

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